Información y pago de multas residentes en el extranjero

 

MODALIDAD DE RECURSO

De acuerdo con el art. 203 del decreto legislativo 285/92, en un plazo de 60 días desde la notificación del presente expediente de infracción, es posible presentar recurso a través de una carta certificada de tipo internacional dirigida al Prefecto de Verona. Como alternativa, de no haber presentado recurso al Prefecto, de acuerdo con el art. 204 bis del decreto legislativo 285/92 y del art. 7 del decreto 150/2011, en un plazo de 60 días desde la notificación del presente expediente de infracción, es posible presentar recurso al Juez de Paz de: Verona a través de de una carta certificada de tipo internacional. De todas formas, si se opta por presentar recurso al Juez de Paz, se pagará por adelantado la cuantía correspondiente a los impuestos previstos y a los gastos correspondientes. Además, según el código de enjuiciamiento civil italiano, los recursos y las oposiciones ante las sanciones de tipo administrativo se pueden presentar por cuenta propia (sin el asesoramiento de un defensor/abogado). Sin embargo, es obligatorio redactar todas las instancias en italiano.

 

CÓMO PAGAR

- Con tarjeta de crédito (VISA y MASTERCARD) conectándose a la página web:

http://verona.multeonline.it/web/polizialocale/polizia-locale   Accediendo con las credenciales indicadas abajo: fecha del expediente, número del expediente, matrícula.

 

- Con transferencia bancaria según los datos siguientes:

BENEFICIARIO: COMUNE DI VERONA - SOLORI SPA - Stradone S. Fermo 20/A - 37121 Verona

IBAN:   IT 80 I 07601 11700 001008474163

SWIFT/BIC:   BPPIITRRXXX

BANCO:        POSTE ITALIANE

 

ATENCIÓN

En el concepto de pago se indicarán los números de referencia siguientes:

número del expediente y matrícula

La no introducción del concepto de pago o, de todas formas, la transmisión incorrecta o incompleta de las referencias que no permitan comprobar el desembolso realizado, no permitirán al personal encargado finalizar el procedimiento de la situación pendiente con el riesgo de incoar un expediente de tipo judicial.

 

OTRA INFORMACIÓN ÚTIL PARA EL USUARIO

Los gastos del banco no se podrán abonar, de ninguna manera, entre las partes, puesto que corren de manera exclusiva y total a cargo del usuario deudor. De no abonar la cuantía total requerida, el procedimiento no será finalizado y, por tanto, se incoará un expediente de tipo judicial. Para calcular el importe correcto que se debe desembolsar, se tendrá en cuenta la fecha en que se ha retirado la notificación.

Además, le comunicamos que para pedir mayor información o aclaración, podrá enviar una solicitud a través de correo electrónico accediendo con las credenciales necesarias: fecha del expediente, número del expediente, matrícula.